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Fotocopia del certificado de defunción
con causa de muerte del asociado.
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Fotocopia de la cédula del asociado por ambos lados.
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Ultimo recibo de energía cancelado (del período de cobro ).
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Fotocopia de su cédula por ambos lados.
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Presentar cédula de algún familiar para beneficiario.
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Cancelar ¢150.00 de cuota de ingreso.
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Si el asociado no tenía beneficiario nombrado: Los familiares deben
tramitar y esperar seis meses después
de fallecido el asociado para retirar el cheque de defunción. En este lapso
se da la oportunidad para que algún otro familiar que se considere con derechos reclame el auxilio por
defunción. Una vez pasados los seis meses, el beneficio se entrega en
el orden establecido por ley, así:
1. Al cónyuge.
2. A los hijos. Cuando son varios, se
nombra a uno de ellos por medio de una declaración jurada emitida por un
abogado.
3. Alos padres del fallecido.
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