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RESERVA DE BIENESTAR SOCIAL
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DEFINICION
Es un fondo económico que las Cooperativas forman con el 6% de las
utilidades anuales, con base en lo establecido en la Ley de Asociaciones
Cooperativas, en su Artículo # 83.
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LOS
BENEFICIARIOS
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La
Reserva de Bienestar Social establece los siguientes beneficiarios:
° Los asociados activos de la Cooperativa
° Los trabajadores de la
Cooperativa
° El cónyuge, hijos y padres que
convivan en el mismo hogar, menores de edad, estudiantes hasta 25 años según la
ley y discapacitados mayores de edad y que no trabajen, además los
dependientes no deben tener núcleo familiar aparte.
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Por
enfermedad o accidente debidamente comprobado que inhabilite temporalmente al
asociado, a los trabajadores de la asociación y a los familiares inmediatos
de unos y otros, siempre y cuando la C.C.S.S. o el I.N.S no suplan el servicio requerido y sean
incapacitados para trabajar por ocho o
más días.
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Requisitos:
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° Dictamen médico emitido por la C.C.S.S. o el I.N.S.
° Boleta de incapacidad emitida por
un médico autorizado por la C.C.S.S. o por el I.N.S.
° Copia del último recibo de
energía debidamente cancelado.
° Fotocopia de la cédula de
identidad del asociado por ambos lados.
° Copia de la
incapacidad emitida por la C.C.S.S o el INS
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Por enfermedad Terminal y específicamente
para aquellos medicamentos y servicios que no otorgue la C.C.S.S.,
o que no estén contenidos en las disposiciones sobre riesgos profesionales
del I.N.S.
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Requisitos:
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° Dictamen médico o epicrisis emitido por la C.C.S.S.
o el I.N.S.
° Nota de justificación de la C.C.S.S. o el I.N.S., indicando
que el medicamento o servicio requerido no se lo pueden suministrar.
° Factura timbrada cancelada, en
caso de que haya comprado el medicamento o servicio a entidades ajenas a la C.C.S.S. o el I.N.S.
° Copia del último recibo de
energía debidamente cancelado.
° Fotocopia de la cédula de
identidad del asociado por ambos lados.
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Ayuda económica por
incendio parcial ¢50.000,00 y total ¢ 100,00.00 de la vivienda del asociado.
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Requisitos:
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°Siempre que no se trate de una
colectividad, hasta dos afectados. Ultimo recibo de energía debidamente
cancelado.
° Fotocopia de la cédula de
identidad del asociado por ambos lados.
° Fotocopia de la escritura o
documento de la autoridad competente que de fe de que es propietaria del
inmueble.
° Nota
emitida por el Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, en la que indica si la
pérdida fue parcial o total del inmueble.
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Ayuda económica de ¢50.000.00 por destrozos ocasionados por vehículos, derrumbes,
descargas eléctricas, que afecten la vivienda y cuando no se trate de una
colectividad, hasta dos asociados.
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Requisitos:
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° Ultimo recibo de energía
debidamente cancelado.
° Fotocopia vigente de la cédula de
identidad del asociado por ambos lados.
° Fotocopia de la escritura o
documento de la autoridad competente que de fe que es propiedad del inmueble.
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Ayuda económica de
¢30.000.00 Auxilio
por defunción de algún miembro de su núcleo familiar, que haya convivido en
el mismo hogar, por
defunción del cónyuge, compañero (a), o hijos hasta 18 años.
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Requisitos:
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° Fotocopia último recibo de energía debidamente
cancelado.
° Fotocopia
de la cédula de identidad del asociado por ambos lados.
° Certificación
de defunción emitido por el Registro civil.
° Si es el
cónyuge, certificado de matrimonio emitido por el Registro Civil.
° Si es un
hijo, constancia de nacimiento emitida por el Registro Civil.
° Si es un
estudiante, constancia de la
institución donde estudiaba.
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Equipo ortopédico y de
rehabilitación: Se dará en calidad de préstamo por el tiempo necesario y se
devolverla inmediatamente cuando el usuario ya no la necesite.
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Requisitos:
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°
Fotocopia último recibo de energía debidamente cancelado.
° Dictamen médico, certificación o epicrisis
originales emitidos por la C.C.S.S. o el I.N.S.
° Fotocopia vigente de la cédula de identidad del asociado, por ambos
lados.
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Prótesis: Se brindará hasta por 50% de un monto que no sobrepase los ¢ 200.000,00 del
valor de la prótesis.
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Requisitos:
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° Fotocopia último recibo de energía debidamente
cancelado.
° Dictamen médico, certificación o epicrisis originales emitido por la C.C.S.S.
o el I.N.S.
° Fotocopia vigente de la cédula de identidad del
asociado, por ambos lados.
° Factura
pro forma del costo de la prótesis
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Equipo ortopédico especial: El 100% del
equipo ortopédico especial hasta por un valor de ¢ 200.000,00, previo estudio
socioeconómico realizado por el Comité de Educación y Bienestar Social.
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Requisitos:
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° Fotocopia último recibo de energía debidamente
cancelado.
° Dictamen Médico, certificación o epicrisis originales emitidos por la C.C.S.S.
o el I.N.S.
° Cuando es para un hijo constancia de nacimiento
emitida por el Registro Civil.
° Cuando es para Esposo(a), Compañero(a) presentar
fotocopia cédula de identidad, constancia de matrimonio emitida por el
Registro Civil o constancia de convivencia emitida por la Guardia Rural o
declaración jurada autentificada por un abogado.
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NOTAS IMPORTANTES:
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° Las
solicitudes las puede tramitar en las oficinas regionales u oficinas
centrales de Coopeguanacaste R.L, en
le sea más cercana a su lugar de residencia.
° Si el
recibo eléctrico está en período de cobro en el momento de presentar la
solicitud de ayuda, se debe cancelar dicho recibo.
° Cada
núcleo familiar tendrá derecho a un auxilio por año y se entregará solo por
una causa aunque concurran varias de ellas, se dará el auxilio que justifique
en su solicitud.
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COMO TRAMITAR LA SOLICITUD DE AYUDA
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Los
documentos para solicitar una ayuda deben dirigirse a:
° El
comité de Educación y Bienestar Social.
° Llenar
una formula de solicitud de la ayuda en cualquiera de las Oficinas Regionales
u Oficina Centrales de la Cooperativa, en las secciones de afiliación y
Relaciones Públicas.
° El
asociado debe presentarse personalmente con los documentos requeridos, a
tramitar la solicitud de ayuda.
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RECEPCION DE SOLICITUDES
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La Oficina de Relaciones Públicas, en el edificio central,
es la unidad encargada de la recepción de información y solicitudes
procedentes de las oficinas regionales de la Cooperativa, para presentarlas
al Comité de Educación y Bienestar Social en sus sesiones ordinarias para su
respectivo análisis y aprobación. Para
la información del resultado de cada solicitud de ayuda, el asociado debe
dirigirse a cualquiera de las oficinas regionales.
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EL REGLAMENTO
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En la Cooperativa existe un reglamento que establece las
condiciones sobre el uso de la Reserva de Bienestar Social y los requisitos
para adquirirlos. Según el artículo II del reglamento, la concesión de los
auxilios y ayudas que se estipulan en dicho reglamento, estará sujeta a la
disponibilidad anual de la Reserva de Bienestar Social y podrán ser reducidos
y hasta suspendidos, a juicio del Consejo de Administración, cuando disminuya
la reserva y llegue a una suma inadecuada para otorgarlos. Deberán
restablecerse tan pronto se acumulen nuevos fondos, suficientes para la
normal atención de los mismos.
El reglamento fue aprobado por la Asamblea General de
Delegados, pudiendo ser modificado solamente por la misma asamblea.
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