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RESERVA DE BIENESTAR SOCIAL

 

DEFINICION

Es un fondo económico que las Cooperativas forman con el 6% de las utilidades anuales, con base en lo establecido en la Ley de Asociaciones Cooperativas, en su Artículo # 83.

 

LOS BENEFICIARIOS

 

La Reserva de Bienestar Social establece los siguientes beneficiarios:

° Los asociados activos  de la Cooperativa

° Los trabajadores de la Cooperativa

° El cónyuge, hijos y padres que convivan en el mismo hogar, menores de edad, estudiantes hasta 25 años según la ley y discapacitados mayores de edad y que no trabajen, además los dependientes no deben tener núcleo familiar aparte.

 

 

Por enfermedad o accidente debidamente comprobado que inhabilite temporalmente al asociado, a los trabajadores de la asociación y a los familiares inmediatos de unos y otros, siempre y cuando la C.C.S.S. o el I.N.S no suplan el servicio requerido y sean incapacitados para trabajar por  ocho o más días.

 

Requisitos:

 

° Dictamen médico emitido por la C.C.S.S. o el I.N.S.

° Boleta de incapacidad emitida por un médico autorizado por la C.C.S.S. o por el I.N.S.

° Copia del último recibo de energía debidamente cancelado.

° Fotocopia de la cédula de identidad del asociado por ambos lados.

°  Copia de la incapacidad emitida por la C.C.S.S o el INS

 

 Por enfermedad Terminal y específicamente para aquellos medicamentos y servicios que no otorgue la C.C.S.S., o que no estén contenidos en las disposiciones sobre riesgos profesionales del I.N.S.

 

Requisitos:

° Dictamen médico o epicrisis emitido por la C.C.S.S. o el I.N.S.

° Nota de justificación de la C.C.S.S. o el I.N.S., indicando que el medicamento o servicio requerido no se lo pueden suministrar.

° Factura timbrada cancelada, en caso de que haya comprado el medicamento o servicio a entidades ajenas a la C.C.S.S. o el I.N.S.

° Copia del último recibo de energía debidamente cancelado.

° Fotocopia de la cédula de identidad del asociado por ambos lados.

 

Ayuda económica por incendio parcial ¢50.000,00 y total ¢ 100,00.00 de la vivienda del asociado.

 

Requisitos:

 

°Siempre que no se trate de una colectividad, hasta dos afectados. Ultimo recibo de energía debidamente cancelado.

° Fotocopia de la cédula de identidad del asociado por ambos lados.

° Fotocopia de la escritura o documento de la autoridad competente que de fe de que es propietaria del inmueble.

° Nota emitida por el Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, en la que indica si la pérdida fue parcial o total del inmueble.

 

Ayuda económica de ¢50.000.00 por destrozos ocasionados por vehículos, derrumbes, descargas eléctricas, que afecten la vivienda y cuando no se trate de una colectividad, hasta dos asociados.

 

Requisitos:

° Ultimo recibo de energía debidamente cancelado.

° Fotocopia vigente de la cédula de identidad del asociado por ambos lados.

° Fotocopia de la escritura o documento de la autoridad competente que de fe que es propiedad del inmueble.

 

Ayuda económica de ¢30.000.00 Auxilio por defunción de algún miembro de su núcleo familiar, que haya convivido en el mismo hogar, por defunción del cónyuge, compañero (a), o hijos hasta 18 años.

 

Requisitos:

° Fotocopia último recibo de energía debidamente cancelado.

° Fotocopia de la cédula de identidad del asociado por ambos lados.

° Certificación de defunción emitido por el Registro civil.

° Si es el cónyuge, certificado de matrimonio emitido por el Registro Civil.

° Si es un hijo, constancia de nacimiento emitida por el Registro Civil.

° Si es un estudiante, constancia de  la institución donde estudiaba.

 

Equipo ortopédico y de rehabilitación: Se dará en calidad de préstamo por el tiempo necesario y se devolverla inmediatamente cuando el usuario ya no la necesite.

 

Requisitos:

° Fotocopia último recibo de energía debidamente cancelado.

° Dictamen médico, certificación o epicrisis originales emitidos por la C.C.S.S. o el I.N.S.

° Fotocopia vigente de la cédula de identidad del asociado, por ambos lados.

 

Prótesis: Se brindará hasta por 50% de un monto que no  sobrepase los ¢ 200.000,00 del valor de la prótesis.

 

Requisitos:

° Fotocopia último recibo de energía debidamente cancelado.

° Dictamen médico, certificación o epicrisis originales emitido por la C.C.S.S. o el I.N.S.

° Fotocopia vigente de la cédula de identidad del asociado, por ambos lados.

° Factura pro forma del costo de  la prótesis

 

Equipo ortopédico especial:  El 100% del equipo ortopédico especial hasta por un valor de ¢ 200.000,00, previo estudio socioeconómico realizado por el Comité de Educación y Bienestar Social.

 

Requisitos:

° Fotocopia último recibo de energía debidamente cancelado.

° Dictamen Médico, certificación o epicrisis originales emitidos por la C.C.S.S. o el I.N.S.

° Cuando es para un hijo constancia de nacimiento emitida por el Registro Civil.

° Cuando es para Esposo(a), Compañero(a) presentar fotocopia cédula de identidad, constancia de matrimonio emitida por el Registro Civil o constancia de convivencia emitida por la Guardia Rural o declaración jurada autentificada por un abogado.

 

NOTAS IMPORTANTES:

 

° Las solicitudes las puede tramitar en las oficinas regionales u oficinas centrales de Coopeguanacaste R.L,  en le sea más cercana a su lugar de residencia.

° Si el recibo eléctrico está en período de cobro en el momento de presentar la solicitud de ayuda, se debe cancelar dicho recibo.

° Cada núcleo familiar tendrá derecho a un auxilio por año y se entregará solo por una causa aunque concurran varias de ellas, se dará el auxilio que justifique en su solicitud.

 

 

COMO TRAMITAR LA SOLICITUD DE AYUDA

 

Los documentos para solicitar una ayuda deben dirigirse a:

° El comité de Educación y Bienestar Social.

° Llenar una formula de solicitud de la ayuda en cualquiera de las Oficinas Regionales u Oficina Centrales de la Cooperativa, en las secciones de afiliación y Relaciones Públicas.

° El asociado debe presentarse personalmente con los documentos requeridos, a tramitar la solicitud de ayuda.

 

 

 

RECEPCION DE SOLICITUDES

 

La Oficina de Relaciones Públicas, en el edificio central, es la unidad encargada de la recepción de información y solicitudes procedentes de las oficinas regionales de la Cooperativa, para presentarlas al Comité de Educación y Bienestar Social en sus sesiones ordinarias para su respectivo análisis y aprobación.  Para la información del resultado de cada solicitud de ayuda, el asociado debe dirigirse a cualquiera de las oficinas regionales.

 

 

EL REGLAMENTO

 

En la Cooperativa existe un reglamento que establece las condiciones sobre el uso de la Reserva de Bienestar Social y los requisitos para adquirirlos. Según el artículo II del reglamento, la concesión de los auxilios y ayudas que se estipulan en dicho reglamento, estará sujeta a la disponibilidad anual de la Reserva de Bienestar Social y podrán ser reducidos y hasta suspendidos, a juicio del Consejo de Administración, cuando disminuya la reserva y llegue a una suma inadecuada para otorgarlos. Deberán restablecerse tan pronto se acumulen nuevos fondos, suficientes para la normal atención de los mismos.

 

El reglamento fue aprobado por la Asamblea General de Delegados, pudiendo ser modificado solamente por la misma asamblea.