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ESTRUCTURA TARIFARIA DE COOPEGUANACASTE R. L.

 

La Cooperativa de Electrificación Rural de Guanacaste, (COOPEGUANACASTE R. L.), empresa cooperativa regida por la A.R.E.S.E.P., Autoridad Reguladora de Servicios Públicos, institución gubernamental que establece los precios de la energía eléctrica, tanto de la compra al I.C.E., como la que se vende a los usuarios o asociados.

 

Existe un modelo bajo el cual se desglosa el costo de la energía de acuerdo con los kilovatios que consuma el usuario. El precio varía únicamente si los costos de la energía se modifican previo visto bueno de la Autoridad Reguladora de Servicios.

 

El aumento de tarifas para COOPEGUANACASTE R.L , se aplica según resolución de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) RRG-319-2010  del 20 de Abril del 2010 y  publicado en la Gaceta # 82 del 29  de Abril  2010. 

                                                                                                                                                             

 

 

 

A continuación el detalle:

 

Tarifa Residencial T-1

Tarifa ¢

De 0 a 30 kWh tarifa mínima

¢1.710 ,00

De 31 kWh hasta 200  precio unitario por kWh.

¢     57 ,00

De 201 kWh en adelante precio unitario por kWh

¢     86 ,00

 

 

Tarifa General T-2

Para consumos menores o iguales a 3000 kWh

Tarifa ¢

Los primeros 30 kWh o menos

¢2.670,00

cada kWh adicional hasta 3000 kWh,  precio unitario por kWh.

¢     89,00

 

 

Consumos mayores a 3000 kWh

Cargo por demanda

Tarifa 

Los primeros 10 kw o menos

¢83.190,00

cada kW adicional,  precio unitario por kW.

¢  8.319,00

 

 

Cargo por energía

 Tarifa

Los primeros 3000 kWh

¢168.000,00

Cada kWh adicional,  precio unitario por kWh.

¢         56,00

 

Tarifa media tensión

 Tarifa

Punta  kWh    Energía

¢         76,00

Valle  kWh     Energía

¢         66,00

Noche kWh    Energía

¢         58,00

Punta  kW      Potencia

¢    3.425,00    

Valle   kW      Potencia

¢    3.425,00     

Noche Kw      Potencia 

¢         00,00

 

Cuando cancele su recibo de electricidad debe tener presente que el monto a pagar por este concepto, esta en función de la cantidad de Kilovatios-Hora (kWh) consumidos mensualmente y otros factores tales como:

 

·         Cantidad de días facturados: Tenga presente que las cantidades de días que tienen los meses no son iguales siempre, de ahí que algunos meses se calculen con 30,31 o 28 días como es el caso del mes de febrero.

·         Representando una variación de consumo entre un mes y otro.

·         Impuesto de ventas: En tarifa residencial representa un 5% del total de energía consumida mensualmente, siempre y cuando el consumo en electricidad sea mayor a los 250 kWh por mes. En tarifas generales e Industriales se cobra un 13% sobre el valor de la energía, no hay consumos exentos.

·         Alumbrado Público: Por este concepto se cobra ¢1.93 por kWh consumido mensualmente.

·         La Factura Eléctrica: Esta estructurada por bloques de consumos, con precios diferentes para cada bloque, siempre debemos tener presente que: a “mayor consumo, mayor precio”. Por lo que debemos ser concientes y utilizar la energía eléctrica en forma racional.